VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Objetivos de mediano y largo plazo. Se establecen los siguientes objetivos regionales de mediano y largo plazo para el Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Región Este, considerando la misma, a los efectos de las presentes disposiciones, como el territorio que abarcan los departamentos de Cerro Largo, Lavalleja, Maldonado, Rocha y Treinta y Tres:
a) Promover la localización ordenada de actividades agropecuarias, forestales, mineras, pesqueras, turísticas, de producción energética, industriales y logísticas e impulsarlas en condiciones de compatibilidad con los otros usos del territorio y asegurando la sustentabilidad económica, social y ambiental.
b) Potenciar las capacidades, infraestructuras y equipamientos instalados, así como la creación de nuevas infraestructuras territoriales según las necesidades de la región, articulándolas a nivel nacional e internacional.
c) Adoptar medidas tendientes a consolidar y completar las áreas urbanizadas, fomentando el mejor aprovechamiento de sus capacidades e infraestructuras instaladas.
d) Impulsar la integración y la cohesión socioterritorial, priorizando las áreas más carenciadas y los sectores de población más vulnerables.
e) Contribuir a la mejora de la calidad de vida de toda la población, promoviendo el acceso de la población rural dispersa a los diversos servicios, facilitando (entre otras vías) el uso de los equipamientos y servicios de los centros poblados existentes.
f) Fortalecer los sistemas de ciudades e identificar aquellos centros urbanos que operan como centralidades territoriales.
g) Reconocer las diversidades y singularidades en la conformación urbano-territorial y cultivar las identidades existentes.
h) Poner en valor los paisajes naturales y culturales relevantes de significado nacional, regional, departamental y local, así como los sitios históricos y arqueológicos del acervo patrimonial de la Región.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3919 de 2013-08-13 | Artículo 6 |