Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.222


Artículo D.222

Vigencia. Se establece como límite temporal de las Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Región Este, el año 2030, a fin de posibilitar el análisis prospectivo a largo plazo y la elaboración concertada y articulada de los diferentes instrumentos de ordenamiento territorial, de escala nacional, regional, departamental y local.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3919 de 2013-08-13 Artículo 4