Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.169


Artículo D.169

Lineamientos de gestión. Es a partir de las Directrices Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y de los objetivos estratégicos establecidos para el ámbito del Plan que se perfeccionan los más importantes lineamientos de gestión a desplegar en el territorio.

a) Protección efectiva. Se establece la protección departamental para el área del Plan. Para la gestión ambiental en el área se tendrán en cuenta las condiciones correspondientes a la categoría "protección de hábitat y/o especies" en general y la categoría "paisaje protegido" en particular para el pueblo José Ignacio.

Se determinan como zonas de conservación y recuperación ambiental: las costas arenosas y rocosas de la punta José Ignacio, las barras arenosas de las lagunas José Ignacio y Garzón, las planicies de inundación de las mencionadas lagunas y la laguna Escondida y las lomadas de José Ignacio Norte.

En particular para la laguna Garzón, incluyendo todo su sistema lacunar y planicies de inundación, se compatibilizará la protección efectiva con su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, quedando comprendida en sus objetivos de intervención activa.

b) Desarrollo económico-productivo sostenible. Se promueve la consolidación y diversificación de la actividad económica, mediante el estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos que apunten a diferentes perfiles de eco-turismo, turismo de naturaleza, turismo residencial y usos agropecuarios compatibles.

Se alentará la producción natural en el suelo en uso rural productivo mediante el sostenimiento de condiciones de alta naturalidad en los sistemas de gestión.

c) Redes de accesibilidad pública. Se dispone el mejoramiento de accesibilidad y conectividad del área, en particular mediante el fortalecimiento de los medios e infraestructura de transporte público y la mejora del sistema de interconexión vial interna y externa.

d) Sistemas de ocupación. Promoción de las actuaciones mediante el manejo de urbanizaciones puntuales y controladas, compatibles con el paisaje de alta naturalidad predominante, así como con los establecimientos agro productivos y chacras turístico residenciales, existentes y aseguramiento para el libramiento al uso público de la faja de 150 metros en las costas oceánicas y de las lagunas en cualquier operación de división de suelo.

e) Mejoramiento del hábitat social. Establecimiento de acciones para la retención de población residente en el área, en condiciones de regularidad dominial y con acceso a dotaciones y servicios de calidad.

f) Imagen de marca territorial. Fomento para el desarrollo sustentable con identidad local en base al perfil de enclave singular del pueblo José Ignacio asociado al carácter del pueblo Garzón y a las cualidades únicas del área desde los puntos de vista ambiental, paisajístico y de su patrimonio urbano-edilicio.

g) Gestión compartida. Profundización del trabajo para la gestión territorial compartida con el Gobierno Departamental de Rocha, a efectos de encarar de conjunto las condiciones propias de la cuenca de la Laguna Garzón.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 8