Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.167


Artículo D.167

Objetivo general. El Plan Local se inscribe en el proceso de construcción de un modelo territorial sostenible para el ámbito, iniciado con la elaboración participativa de las Directrices Microrregionales de Ordenamiento Territorial.

En este marco, el Plan se concibe a partir de los siguientes objetivos estratégicos generales para el territorio departamental:

a) El establecimiento de regulaciones socialmente consensuadas para el desarrollo sostenible del territorio y el soporte para oportunidades de inversión productiva y la creación de empleo genuino;

b) La protección y mejoramiento del patrimonio ambiental y los valores incorporados a éste como patrimonio cultural;

c) La promoción de sistemas de uso y ocupación del territorio, con estructuras de cohesión y articulación, en consonancia con el patrimonio natural y cultural;

d) La consecución del equilibrio socio-territorial y la promoción para las condiciones del hábitat popular;

e) El impulso a la participación social para la construcción de políticas públicas y el fortalecimiento de las instancias de gobierno local;

f) La consolidación de las capacidades para la gobernabilidad territorial efectiva y el sostenimiento de sistemas de información para el seguimiento de la situación territorial.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 6