Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.153


Artículo D.153

Vigencia y revisión. La vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Eje Avenida Aparicio Saravia será indefinida a partir de su promulgación.

Se iniciará el proceso para la revisión del plan cuando se cumplan alguna de las siguientes circunstancias:

a) Se cumplan siete años de la vigencia del Plan;

b) Sea solicitada por la Junta Departamental o dispuesta por el Intendente, al valorar el desajuste por variación en alguno de sus supuestos o la necesidad de ajustes por la variación de las condiciones que la promueven.

La revisión del Plan podrá ser general o parcial.

La revisión será general cuando se deban afectar los objetivos y finalidades de las Directrices o sus líneas estratégicas.

La revisión será parcial siempre que se efectúen dentro de las líneas estratégicas y no se desnaturalicen sus objetivos y finalidades.

La revisión general del plan implicara los mismos procedimientos que los utilizados para su realización.

La revisión parcial requerirá únicamente la anuencia de la Junta Departamental de Maldonado.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 33