VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN III
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Vigencia y revisión. La vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Eje Avenida Aparicio Saravia será indefinida a partir de su promulgación.
Se iniciará el proceso para la revisión del plan cuando se cumplan alguna de las siguientes circunstancias:
a) Se cumplan siete años de la vigencia del Plan;
b) Sea solicitada por la Junta Departamental o dispuesta por el Intendente, al valorar el desajuste por variación en alguno de sus supuestos o la necesidad de ajustes por la variación de las condiciones que la promueven.
La revisión del Plan podrá ser general o parcial.
La revisión será general cuando se deban afectar los objetivos y finalidades de las Directrices o sus líneas estratégicas.
La revisión será parcial siempre que se efectúen dentro de las líneas estratégicas y no se desnaturalicen sus objetivos y finalidades.
La revisión general del plan implicara los mismos procedimientos que los utilizados para su realización.
La revisión parcial requerirá únicamente la anuencia de la Junta Departamental de Maldonado.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 | Artículo 33 |