Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.59


Artículo D.59

Directrices Específicas según la dimensión Político- Jurídico - Institucional.

a) Adecuación político-institucional de la organización administrativa y del marco jurídico para la planificación y gestión participativa y descentralizada del territorio.

Línea de acción: extensión de la competencia de Ordenamiento del Territorio del Gobierno Departamental al área rural del Departamento, en base a lo dispuesto por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.

 

b) Formación de grupos de trabajo para la gestión de territorios compartidos.

Líneas de acción:

  1. Resolución de problemáticas asociadas a la gestión compartida con otros Departamentos;
  2. Resolución de problemáticas asociadas a la gestión compartida entre Microrregiones.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 11