VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO IV
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SECC. ÚNICA
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Zona con desarrollo proyectado. Las zonas de desarrollo proyectado son ámbitos de suelo en régimen especial de gestión en las que se plantea la actuación pública a efectos de su desarrollo territorial.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3866 de 2010-04-27 | Artículo 37 |