Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.30


Artículo D.30

Zonificación de usos y actividades. En la reglamentación para la zonificación de usos y actividades se establecerán los ámbitos de territorio en función del uso preferente asignado por el plan respectivo. También se determinarán las densidades máximas de ocupación de suelo con usos no residenciales, según su cantidad y compatibilidad entre sí y con la residencia.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3866 de 2010-04-27 Artículo 30