VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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Suelo urbano no consolidado. Comprende el resto del territorio urbano, incluyendo las áreas y zonas del territorio en las que, existiendo como mínimo redes de infraestructuras, las mismas no sean suficientes para dar el servicio a los usos previstos por el instrumento.
La denominación suelo urbano no consolidado se abrevia con las letras SUN.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3866 de 2010-04-27 | Artículo 14 |