VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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Suelo urbano. El suelo urbano comprende aquellas partes del territorio del departamento de los centros poblados.
Comprende áreas amanzanadas y fraccionadas, tanto las que poseen las infraestructuras y servicios en forma regular y total como aquéllas áreas parcialmente urbanizadas que se pretenden consolidar como tales.
Se distinguen en el suelo urbano tres subcategorías particulares: suelo urbano consolidado, suelo urbano no consolidado y suelo urbano no consolidado de fragilidad ecosistémica.
La denominación suelo urbano se abrevia con las letras SU.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3866 de 2010-04-27 | Artículo 12 |