VOLUMEN IX
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO II
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN III
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De la función, competencias y obligaciones de la Comisión Asesora.
La Comisión Asesora del PUE actuará en carácter de asesor de la Intendencia Departamental de Maldonado, sobre las propuestas universitarias y terciarias que pretendan instalarse en el Parque Urbano Educativo.
Sin perjuicio de aquellos asuntos que la Intendencia Departamental estime oportuno encomendar a la Comisión, serán asuntos de competencia de la misma los siguientes:
1) CON RELACIÓN A LAS INTALACIONES DE INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS Y TERCIARIAS:
2) CON RELACIÓN AL MANTENIEMIENTO Y LA GESTIÓN:
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 | Artículo 6 |