Digesto Departamental

Artículo D.326

La Intendencia Municipal de Maldonado realizará el relevamiento en todas las zonas urbanizadas, de los ejemplares que por sus características sobresalientes, serán declarados componentes significativos del paisaje urbano. La conservación de los árboles mencionados quedará a cargo de los respectivos propietarios con la colaboración del gobierno municipal.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 Artículo 23