Digesto Departamental

Artículo D.167

Objetivo general. El Plan Local se inscribe en el proceso de construcción de un modelo territorial sostenible para el ámbito, iniciado con la elaboración participativa de las Directrices Microrregionales de Ordenamiento Territorial.

En este marco, el Plan se concibe a partir de los siguientes objetivos estratégicos generales para el territorio departamental:

a) El establecimiento de regulaciones socialmente consensuadas para el desarrollo sostenible del territorio y el soporte para oportunidades de inversión productiva y la creación de empleo genuino;

b) La protección y mejoramiento del patrimonio ambiental y los valores incorporados a éste como patrimonio cultural;

c) La promoción de sistemas de uso y ocupación del territorio, con estructuras de cohesión y articulación, en consonancia con el patrimonio natural y cultural;

d) La consecución del equilibrio socio-territorial y la promoción para las condiciones del hábitat popular;

e) El impulso a la participación social para la construcción de políticas públicas y el fortalecimiento de las instancias de gobierno local;

f) La consolidación de las capacidades para la gobernabilidad territorial efectiva y el sostenimiento de sistemas de información para el seguimiento de la situación territorial.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 6

Artículo D.168

Objetivos particulares. Los objetivos estratégicos generales se materializan a través de las finalidades específicas del Plan para el territorio delimitado:

a) Promover el desarrollo socio-económico sostenible;

b) Proteger los recursos naturales y el patrimonio cultural: Lomadas de José Ignacio Norte, Lagunas José Ignacio, Garzón y Escondida y planicies asociadas, Océano y faja costera, Pueblo José Ignacio;

c) Asegurar la accesibilidad social a los bienes y servicios de territorio;

d) Avanzar en la expansión y diversificación de la oferta turística;

e) Regular el uso del suelo en función del interés general;

f) Amparar el respeto a los intereses particulares legítimos;

g) Establecer una jerarquización vial para garantizar adecuada conectividad territorial;

h) Extender los tejidos urbanos abiertos en las áreas próximas a la costa oceánica;

i) Perfeccionar sistemas de ocupación diferenciada en el hinterland campestre;

j) Generar alternativas para el desenvolvimiento de la centralidad microrregional y el crecimiento de su rol territorial;

k) Mejorar las condiciones del hábitat popular;

l) Asegurar la integración de las intervenciones con protección del paisaje natural y cultural;

m) Apuntar a la equilibrada distribución de cargas y beneficios;

n) Regular la participación de la comunidad en los aumentos de valor;

o) Procurar la coordinación entre las entidades públicas;

p) Impulsar la cooperación público-privada;

q) Garantizar el acceso a la información;

r) Fomentar la participación social;

s) Contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad local.

Las estrategias de ordenamiento general del ámbito del Plan se grafican en el "plano OR.01 – Estrategias de ordenación" incluido en los anexos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 7

Artículo D.169

Lineamientos de gestión. Es a partir de las Directrices Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y de los objetivos estratégicos establecidos para el ámbito del Plan que se perfeccionan los más importantes lineamientos de gestión a desplegar en el territorio.

a) Protección efectiva. Se establece la protección departamental para el área del Plan. Para la gestión ambiental en el área se tendrán en cuenta las condiciones correspondientes a la categoría "protección de hábitat y/o especies" en general y la categoría "paisaje protegido" en particular para el pueblo José Ignacio.

Se determinan como zonas de conservación y recuperación ambiental: las costas arenosas y rocosas de la punta José Ignacio, las barras arenosas de las lagunas José Ignacio y Garzón, las planicies de inundación de las mencionadas lagunas y la laguna Escondida y las lomadas de José Ignacio Norte.

En particular para la laguna Garzón, incluyendo todo su sistema lacunar y planicies de inundación, se compatibilizará la protección efectiva con su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, quedando comprendida en sus objetivos de intervención activa.

b) Desarrollo económico-productivo sostenible. Se promueve la consolidación y diversificación de la actividad económica, mediante el estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos que apunten a diferentes perfiles de eco-turismo, turismo de naturaleza, turismo residencial y usos agropecuarios compatibles.

Se alentará la producción natural en el suelo en uso rural productivo mediante el sostenimiento de condiciones de alta naturalidad en los sistemas de gestión.

c) Redes de accesibilidad pública. Se dispone el mejoramiento de accesibilidad y conectividad del área, en particular mediante el fortalecimiento de los medios e infraestructura de transporte público y la mejora del sistema de interconexión vial interna y externa.

d) Sistemas de ocupación. Promoción de las actuaciones mediante el manejo de urbanizaciones puntuales y controladas, compatibles con el paisaje de alta naturalidad predominante, así como con los establecimientos agro productivos y chacras turístico residenciales, existentes y aseguramiento para el libramiento al uso público de la faja de 150 metros en las costas oceánicas y de las lagunas en cualquier operación de división de suelo.

e) Mejoramiento del hábitat social. Establecimiento de acciones para la retención de población residente en el área, en condiciones de regularidad dominial y con acceso a dotaciones y servicios de calidad.

f) Imagen de marca territorial. Fomento para el desarrollo sustentable con identidad local en base al perfil de enclave singular del pueblo José Ignacio asociado al carácter del pueblo Garzón y a las cualidades únicas del área desde los puntos de vista ambiental, paisajístico y de su patrimonio urbano-edilicio.

g) Gestión compartida. Profundización del trabajo para la gestión territorial compartida con el Gobierno Departamental de Rocha, a efectos de encarar de conjunto las condiciones propias de la cuenca de la Laguna Garzón.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 8