Digesto Departamental

Artículo D.143

Propuesta de articulación público - privada necesaria para la implementación del plan.

a) Instrumentación.

El Ejecutivo Comunal evaluará las distintas alternativas para gestionar las medidas del presente plan, debiendo incluir siempre su participación activa, con capacidad de decisión plena de la Intendencia Departamental.

Todas las modalidades elegidas deberán contar con la Capacidad de:

  1. Organización para la articulación de diversos inversores privados que requerirán la producción coordinada de infraestructuras para poder viabilizar las actividades inmobiliarias en sus respectivos terrenos.
  2. Proyecto e inversión para la construcción de infraestructura vial, de agua potable, de saneamiento y de energía eléctrica.
  3. Organización para negociar los intereses públicos en las operaciones territoriales concertadas.
  4. Difundir y captar inversiones no tradicionales para des-estacionalizar la actividad turística.
  5. Fiscalización y monitoreo para evaluar el buen desempeño de las estrategias del Plan.

 

b) Procedimientos Departamentales.

Para llevar adelante una adecuada gestión de las propuestas del presente Plan, se encomienda al Ejecutivo Comunal analizar la aplicación del procedimiento de las operaciones territoriales concertadas.

Las nuevas capacidades que el Ejecutivo Departamental deberá desarrollar para llevar adelante este Plan, podrá incorporar la administración de los siguientes ingresos al erario público:

  1. Retornos por Mayores valorizaciones en tierras de dominio privado.
  2. Enajenación de tierras de dominio privado de la Administración Departamental con fines residenciales, comerciales, institucionales o recreativos.
  3. Concesiones de uso en el Parque Nuevo El Jagüel.

 Será necesario constituir un capital con las tierras de dominio privado de la IDM identificadas, siempre que no estuvieran afectadas con anterioridad para otros fines.

En el Anexo Planos y Tablas, Plano 8 "Tierras Fiscales" y la Tabla 8 "Terrenos Fiscales en el Polígono", se indican las Tierras públicas dentro del polígono del plan.

 

c) Objetivos.

Los objetivos de la modalidad adoptada, deberán:

  1. Promover, gestionar y ejecutar proyectos e inversiones relacionados con el Plan de Ordenamiento Territorial del Eje Aparicio Saravia.
  2. Gerenciar el destino las tierras de dominio privado de la Administración Departamental y administrar los fondos derivados de transacciones sobre las mismas.
  3. Gerenciar las operaciones territoriales concertadas.
  4. Coordinar la articulación de inversores privados y el OSE para la construcción de la infraestructura de agua potable y saneamiento, incluidas las operaciones territoriales concertadas.
  5. Coordinar la articulación de inversores privados y el UTE para la construcción de las redes de energía, incluidas las operaciones territoriales concertadas.
  6. Monitorear el cumplimiento de los compromisos derivados de las operaciones territoriales concertadas.
  7. Gerenciar los recursos derivados del retorno de las Mayores valorizaciones.
  8. Gestionar afectaciones para la apertura de vías.
  9. Monitorear los indicadores de sustentabilidad.
  10. Gestionar reparcelamientos necesarios para los proyectos del Plan.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 23

Artículo D.144

Programa de actuaciones públicas.

a) Proyectos necesarios para el acondicionamiento del área.

Éstos están relacionados con el saneamiento y el tendido de las redes para servir a los diferentes barrios y conectarlas con la planta de tratamiento de saneamiento.

b) Proyectos estratégicos para el desarrollo urbano

Son proyectos estratégicos o detonantes las iniciativas e inversiones que tienden a fortalecer la diversificación urbana y económica con la innovación de usos, capaz de aprovechar el potencial de la región, sin causar cambios significativos negativos en el ambiente.

Estos proyectos estratégicos incluyen las universidades, parques temáticos, centralidades urbanas y otras innovaciones empresariales tecnológicas, culturales y sociales capaces de diversificar la economía, el turismo fuera de temporada y una mejor distribución de las actividades económicas en el territorio para la población permanente.

También son proyectos estratégicos aquellas infraestructuras que posibilitan la localización de nuevas actividades.

Los proyectos estratégicos se organizan en 3 conjuntos:

- Aquellos básicos para viabilizar la gestión y el financiamiento de todo el territorio;

- Aquellos imprescindibles para estructurar el territorio, y

- Aquellos que son un incentivo urbano para las inversiones y las localizaciones de interés.

Los proyectos estratégicos para este Plan se indican en el Anexo Planos y Tablas, Plano 3.3 "Proyectos Estructuración", Plano 3.4 "Proyectos Incentivación", y en la Tabla 10 "Proyectos Estratégicos".

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 24

Artículo D.145

Operaciones territoriales concentradas (OTC). Las OTC son un conjunto de intervenciones y de acciones coordinadas por parte del Ejecutivo Comunal a través de su Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial, con la participación de la Junta Departamental, de los propietarios, residentes, usuarios permanentes e inversores privados, con el objetivo de lograr en un área determinada, las transformaciones urbanas de mejora estructural, social y mejora del paisaje.

Las OTC tienen las siguientes finalidades derivadas del Plan de este polígono.

Deben ser funcionales a las intervenciones derivadas de la conformación de la estructura territorial del polígono; la infraestructura vial y de movilidad; el sistema de parques y espacios públicos; las infraestructura de saneamiento; los equipamientos educativos, sanitarios, culturales, institucionales y comerciales; la implementación de programas de vivienda; la estrategia de manejo de los paisajes y la preservación del patrimonio; y la creación de micro-centralidades, incluyendo los usos habitacionales.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 25

Artículo D.146

Las OTC deberán cumplir con:

a) Identificación.

Identificar las operaciones concertadas territoriales que se estiman de realización necesaria para el desarrollo de los proyectos estratégicos en el polígono "Eje Aparicio Saravia"

b) Definición.

Definir para cada una de ellas sus áreas de alcances directas e indirectas así como los condicionantes mínimos que deberán ser cumplidos en cada OTC.

c) Normativa Edilicia.

Se deberá cumplir con la normativa vigente prevista en el TONE.

d) Áreas de Alcance.

Las áreas de alcance directas definen el territorio sujeto a las transformaciones de las OTC y sus beneficiarios y participantes. Luego las áreas de alcance indirectas definen el área donde hay que estudiar los impactos, la población a ser consultada durante el proceso y los sitios y/o beneficiarios que pueden ser destinatarios de las contrapartidas.

e) Equipo Negociador.

Para cada una de las OTC se definirá un equipo negociador en representación de la IDM, la Junta Departamental y el Municipio respectivo.

f) Contrapartidas.

Se indicará el o los tipos de contrapartida que el beneficiario de la OTC deberá garantizar así como el destino de esa contrapartida que podrá ser aplicado en el área de alcance directo y/o indirecto.

g) Evaluación de impactos urbanos para las OTC.

Todas las OTC deberán realizar una Evaluación de Impactos Urbanos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 26

Artículo D.147

Iniciativa para la realización de las OTC. Pueden ser promovidas por el Gobierno Departamental o por demanda de la sociedad civil, en el caso de proyectos en áreas de relevancia urbana o el paisaje. Se entiende como áreas de relevancia urbana y paisajística aquellas áreas con el atractivo potencial de centralidad o de valores urbanos, escénicos o culturales actuales o potenciales. En ese caso la OTC merecerá una ordenanza municipal para definir áreas de alcances, condicionantes mínimos, equipo negociador y contrapartida.

Para dar inicio a una OTC, el equipo negociador, en diálogo con los involucrados, deberá fijar las siguientes directrices:

- La definición del perímetro de la intervención directa, incluyendo las áreas sujetas a cambios;

- La definición del perímetro del área de alcance indirecto, incluyendo las zonas aledañas cuyos habitantes deben participar en la OTC y puedan ser beneficiarios potenciales de la operación;

- La finalidad de la operación;

- El programa básico para la zona y las intervenciones previstas;

- Las actividades que requerirían un estudio previo del impacto ambiental;

- Los contenidos básicos del programa de apoyo social de la población directamente afectada por la operación, si correspondiera;

- Los patrones para vivienda en el caso de la necesidad de tratar con renovaciones de áreas degradadas;

- Asegurar la conservación de edificios, espacios urbanos y paisajes de especial interés histórico, cultural o natural, si los hubiere;

- Instrumentos de participación ciudadana para el desarrollo y contralor del proceso de la negociación;

- El tipo, el monto y el destino de la contrapartida sobre la base de los beneficios esperados;

- Los márgenes de modificación sobre los indicadores urbanísticos básicos;

- La indicación de fondo específico o una cuenta para administrar los recursos económicos derivados, siendo que los fondos recaudados por el poder público en virtud de la OTC se aplicarán exclusivamente en el programa de la intervención.

- El proceso y los pasos recomendados para la negociación así como las instancias de acompañamiento y supervisión administrativa y técnica de los avances de la misma, incluyendo las consultas a la Junta Departamental.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 27

Artículo D.148

Operaciones territoriales concertadas de realización necesaria. Las OTC de realización necesaria que han de proponerse en la normativa para el Polígono del "Eje Aparicio Saravia" son: OTC 1 - Campus Universitario - Terminal de Ómnibus; OTC 2 - Barrio Kennedy y Parque El Jagüel; y OTC 3 - Polo Gastronómico y Recreativo El Placer.

Las áreas de las OTC se indican según el Plano 9 "OTC" incluido en el Anexo Planos y Tablas.

a) OTC 1- Campus Universitario y Terminal de Ómnibus.

Deberá contemplar:

  1. Programas.

Terminal de Ómnibus con acceso franco a Bv. Artigas; y Actividades universitarias asociadas a la ciencia, la tecnología, la sociedad y la cultura

  1. Espacios Públicos.

Espacios verdes públicos en un mínimo de 30% de la superficie total. Preservación del área de la cañada como espacio verde público, salvo en el tramo sobre calle Tacuarembó que será necesario para la ampliación de la misma.

  1. Sistema Vial.

Conectividad norte sur de las vías según esquema adjunto con un trazado que no exceda el 20% de su conexión virtual en línea recta. Incluir conectividad este-oeste con la calle de servicio.

Apertura mínima de sistema viario y peatonal, según la directriz del Plano 4 "Sistema Movilidad" en el Anexo Planos y Tablas, para garantizar que las acciones urbano ambientales dentro del perímetro de la OTC 1 no solo no afecten al entorno sino que generen nuevas potencialidades dentro y fuera de del mismo, especialmente en este caso la integración entre el área urbana del bosque urbanizado y Maldonado Este.

Para mejor comprensión ver las figuras 27, 28, 29 y 30 del Anexo Imágenes y Figuras.

 

b) OTC 2- Barrio Kennedy y Parque El Jagüel

Deberá contemplar:

  1. Programas.

La reurbanización con alojamiento de mínima expresión en el propio lugar y contemplando fundamentalmente personas de edad que tengan muchos años viviendo en el lugar, así como comercios ya instalados y con historia. Para el resto se planteará una relocalización completa en otras zonas del territorio (dentro o fuera del polígono del plan).

La instalación de equipamiento de interés social, salud (policlínica) y equipamiento educativo (escuela y liceo) y deportivo con dimensiones a definir durante el proceso en la en proporción a los pobladores del B. Kennedy que permanezca en la zona;

La adaptación de usos para equipamientos comunitarios o comerciales que posibiliten el desarrollo de la zona

En el caso que el Centro de Congresos y Convenciones " Predio Ferial se localice en el área de la actual pista desactivada del viejo aeropuerto de El Jagüel, deberá estudiarse sus impactos, especialmente los de estacionamientos y movilidad " accesibilidad.

Ver las figuras 31 y 32 del Anexo Imágenes y Figuras.

  1. Espacios Públicos.

Esta OTC es de muy alta complejidad por la situación de los conflictos generados por el asentamiento del Kennedy, las áreas de parques públicos y áreas degradadas o abandonadas debido a los conflictos sociales.

Esta OTC podrá tener variantes dentro de sus formas de actuación, superficies de sus áreas pero deberá garantizar la integralidad de la operación, su integración con el entorno inmediato, la conservación y puesta en valor de las pre-existencias ambientales " naturales.

La preservación del área de las cañada como espacio verde público

  1. Sistema Vial.

La apertura mínima de sistema viario y peatonal según la directriz del Plano 4 "Sistema Movilidad" en el Anexo Planos y Tablas.

  1. Saneamiento.

Se dotará la infraestructura de saneamiento y agua para la zona.

 

c) OTC 3 - Polo Gastronómico y Recreativo El Placer

Deberá contemplar:

  1. Programas.

Distribución genérica de actividades según la directriz de las figuras 33, 34 y 35 del Anexo Imágenes y Figuras.

Un programa de capacitación productiva para los actuales pobladores del área para que se integren voluntariamente a la actividad gastronómica a desarrollar en el clúster.

Dotación de estacionamientos públicos con dimensiones y distribución a definir durante el proceso;

La altura máxima promedio será de 7,5 m, pudiendo llegar en algunos sitios a 9 m durante el proceso del proyecto la OTC

Estudio de prefactibilidad ambiental para evaluar la inclusión de un embarcadero para actividades náuticas de muy baja densidad de uso del espejo de aguas del humedal y compatibles con el mismo, empleando sólo embarcaciones a remo y/o vela, evaluando cuidadosamente el uso de motores eléctricos y prohibiendo embarcaciones a motor a explosión, o similares.

  1. Espacios Públicos.

Un mínimo de 30% (respecto de la superficie total) de áreas abiertas de acceso público, construidas y equipadas con vistas directas al humedal en un frente hacia el mismo no inferior al 50% del borde del área.

  1. Sistema Vial.

Apertura mínima de sistema viario y peatonal según la directriz del gráfico adjunto Plano 4 "Sistema Movilidad" en el Anexo Planos y Tablas.

Se cambia el trazado de la Av. Aparicio Saravia llevándola hacia el sur, transformando a la calle Cuneo en una calle de servicio. El viejo tramo de la Av. Aparicio Saravia se anula pero se genera una calle interna de tránsito restringido entre ambos sectores de actividades para acceder a los mismos. El trazado final de esta calle al igual que la distribución final de las parcelas, edificaciones y estacionamientos será parte de un proyecto especial a definir por la Intendencia, incluso en lo que respecta a su mecanismo de adjudicación (Concurso de Arquitectura, Concurso de Proyecto y Precio, etc.).

  1. Área de Alcance.

Se excluye del área de alcance directo la zona de la microcentralidad en el extremo de la Avenida Rubens que si debe quedar dentro del área de alcance indirecto. La definición del área de alcance indirecto es tentativa pudiéndose extender en su lado norte hasta las costas del barrio El Tesoro, dado el impacto paisajístico a este o impacto ambiental en lo que respecta al Arroyo Maldonado. Esta definición de área habrá que tenerse en cuenta para esta OTC.

Para mejor comprensión ver las figuras 36, 37 y 38 del Anexo Imágenes y Figuras.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 28

Artículo D.149

Operaciones territoriales concertadas de realización optativa. Son aquellas las que podrán ser iniciadas por el poder público o por los emprendedores privados.

Las microcentralidades se definen como Operaciones Concertadas Territoriales de realización optativa.

Las directrices para fijar los condicionantes mínimos de estas OTC en microcentralidades son las siguientes:

Ajustar la zona "D" de la respectiva microcentralidad para adaptarse a la o las parcelas existentes sin superar un máximo de4 hectáreas brutas para toda la zona, procurando que la zona se expanda equilibradamente a ambos lados de la avenida respectiva que intercepta a la Av. Aparicio Saravia.

Definir una superficie de parcelas edificables no superior a 2 hectáreas netas (sin incluir calles, cesiones u otro espacio público).

Procurar que el cruce de avenidas respectivo de cada micro-centralidad coincida con el esquema de vialidad propuesto (según planos 4 y 4.1 del Anexo Planos y Tablas), siguiendo los esquemas conceptuales viarios siguientes.

Durante la OTC se podrán ajustar los parámetros para la edificación (retiros frontales, retiros laterales y FOS), garantizando obtener en cada microcentralidad un espacio público de una superficie no menor a 2000 m2 asociado a los componentes principales de la estructura pública (avenidas y rotondas).

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 29

Artículo D.150

Sistema de indicadores socio – ambientales y mecanismos para su monitoreo permanente. Se adopta un sistema de indicadores para el monitoreo permanente, técnico y social, de los procesos en el territorio del polígono del Plan de Ordenamiento del Eje Aparicio Saravia y para la evaluación y posible revisión de los resultados de la aplicación del plan.

La naturaleza de la herramienta y su finalidad, deberá respetar lo siguiente:

a) Sobre los indicadores y la capacidad de carga

Tres criterios principales deben ser considerados al desarrollar el programa de monitoreo:

Factibilidad: existencia y disponibilidad de personas y equipos para hacer el monitoreo donde y cuando se lo requiera y posteriormente poder analizar esos datos.

Objetividad: los datos son registrados de manera objetiva y accesible.

Oportunidad: los datos de monitoreo aportan información a los administradores cuando la necesitan.

b) Indicadores a monitorear.

Encomiéndese al Ejecutivo Comunal la elaboración de indicadores de monitoreo según los propuestos en la Memoria del Plan y en la Tabla 11 "Indicadores a Monitorear" del Anexo Planos y Tablas.

c) Monitoreo de la Gestión.

Se encomienda al Ejecutivo Comunal monitorear el desarrollo y la efectividad de las operaciones concertadas y establecer un plazo para su desarrollo. Si terminado dicho plazo, las OTC no se han ejecutado, evaluar la aplicación de la normativa general para la producción de las intervenciones propuesta en las OTC 1 a 4 inclusive.

En el Anexo "05_ANEXO - TIEMPOS Y ESTIMACIÓN PRESUPUESTAL PRIMARIA", se estima un desarrollo en el tiempo de las mismas para su control año a año y las prioridades según la Tabla 12 "Prioridades de Gestión y Desarrollo en el Tiempo" del Anexo Planos y Tablas.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 30

Artículo D.151

Mecanismos de evaluación de impactos urbanos (EIU). Se encomienda al ejecutivo Comunal realizar cuando corresponda estudios previos de impacto relativos a los aspectos urbanísticos, como requisito para la obtención de permisos de construcción, ampliación o funcionamientos de emprendimientos y actividades, públicas o privadas.

Los EIU tienen por objetivo identificar y evaluar previamente los impactos positivos y negativos derivados de la implantación de emprendimientos y actividades sobre determinada área de influencia, definiendo medidas mitigatorias y/o compensatorias siempre que no fuera posible la eliminación total de los impactos negativos.

Toda consulta de viabilidad previa expedida por la IDM deberá indicar obligatoriamente la necesidad de realización de EIU conforme al emprendimiento o actividad, según lo previsto en este apartado.

 

a) Comisión de evaluación de EIU.

La comisión de evaluación de EIU, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Urbano y Territorial será la responsable por la recepción, coordinación, evaluación y aprobación del EIU, sin perjuicio de la participación de otros órganos o entidades según lo establezcan otras legislaciones específicas.

Ésta comisión de evaluación expedirá los Términos de Referencia para la elaboración del EIU específico.

 

b) Términos de Referencia (TDR).

Los TDR deberán especificar los estudios que considera necesarios para la evaluación, el área de influencia a considerar y el número mínimo de audiencias públicas a realizar.

La comisión de evaluación promoverá la participación multidisciplinaria de los órganos públicos directamente involucrados con los aspectos integrantes del EIU desde la instancia de elaboración de los TDR y en todo el proceso.

 

c) Determinación de actividades con EIU y responsabilidades.

Serán objeto de elaboración de EIU, los emprendimientos y actividades siguientes:

  • Las intervenciones y medidas urbanísticas establecidas por las operaciones territoriales concertadas;
  • Las construcciones o ampliaciones de industrias indicadas en la tabla de usos del suelo;
  • Las alteraciones de destino o uso de cualquier inmueble, así como cualquier modificación que derive en alteración de calidad o cantidad de flujo de personas, vehículos y/o cargas, bien como la emisión de ruidos y residuos sólidos, líquidos y/o gaseosos;
  • Las construcciones, demoliciones o alteraciones de uso de áreas privadas o públicas, habitualmente abiertas al público, de clubes, asociaciones, entidades comunitarias o grandes equipamientos que congregan personas;
  • Los usos indicados en la Tabla 2 - Usos del Suelo en el Anexo Tablas y Planos, con la leyenda - CC - Uso con estudio de impacto y consulta a CAZIC.
  • En el caso de duda sobre el encuadramiento del emprendimiento o actividad para efectos de la exigencia del EIU, la CAZIC deberá ser consultada.
  • Serán responsabilidad del emprendedor los honorarios y costos derivados del EIU.
  • Cuando el EIU corresponda a una OTC, el o los responsables de afrontar los costos de las obras o equipamientos derivados del EIU como medida mitigadora o compensatoria serán definidos durante el proceso de la OTC.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 31

Artículo D.152

Elaboración de las evaluaciones de impactos urbanos. Para la elaboración e instrucción de los EIU, el Ejecutivo Comunal los reglamentará teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

a) Información General.

  • Identificación del emprendedor y de los autores del EIU.
  • Caracterización del área de influencia directa e indirecta del emprendimiento o la actividad.
  • La definición del área de influencia del proyecto o actividad para determinar la zona donde se encuentra el inmueble con sus accesos generales.
  • El estudio de los usos y volúmenes de los edificios existentes.
  • Las densidades y los perfiles de la población de la zona de influencia.
  • El diseño de la red de vías y la identificación de los flujos de tránsito.
  • La indicación de la zonificación existente

 

b) Caracterización, descripción y ubicación del proyecto o actividad durante la construcción y operación.

  • Predecir el momento de la construcción y el inicio de la operación;
  • Planialtimetría de la propiedad;
  • Los volúmenes de movimiento de tierras y la generación de residuos de construcción;
  • Las actividades previstas con el número de operarios y usuarios;
  • Las áreas, dimensiones y volumen del emprendimiento;
  • Las entradas, salidas, generación y distribución de los flujos de tránsito de personas y cargas;
  • La demanda de equipamiento urbano (luz, agua, cloacas, residuos, drenaje pluvial, transporte, salud, educación, la seguridad y la red de vías).

 

c) Caracterización de los equipamientos.

Caracterización de los equipamientos urbanos y comunitarios y su capacidad en el área de influencia:

  • La cartografía y la capacidad de servicio de redes de drenaje pluvial, agua y energía, cloacas y colecta de residuos;
  • Equipamientos disponibles relacionados con la educación, la salud, la seguridad y el transporte.

 

d) Caracterización de las condiciones ambientales.

  • La cartografía de las áreas naturales protegidas o de valor ambiental;
  • Descripción de las unidades de paisaje;
  • Análisis del asoleamiento, los vientos, las lluvias y el manejo de las aguas;
  • Porcentaje de impermeabilización de los suelos;
  • Identificación de los riesgos potenciales.

 

e) Jerarquización de Impactos

Identificación y evaluación de jerarquía impactos positivos y negativos del proyecto o actividad en el área relacionada de influencia durante la ejecución de las obras, en su caso, y después de la entrada en funcionamiento, teniendo en cuenta los siguientes contenidos:

  • La nueva estructura y la dinámica de cambio en la movilidad urbana, las condiciones de accesibilidad y seguridad, generación de tráfico, demanda de estacionamiento y la demanda de transporte público;
  • La necesidad de nuevos equipamientos públicos en relación a la demanda generada por el crecimiento de la población;
  • La influencia sobre el uso y ocupación del suelo en relación con el crecimiento poblacional;
  • La relación del proyecto o uso con el patrimonio ambiental natural y construido, histórico y artístico en cuanto a la conservación y/o puesta en valor del mismo;
  • La demanda generada por la infraestructura urbana, en cuanto a equipos y redes de agua, saneamiento, drenaje pluvial, demanda de energía y tratamiento de residuos sólidos, entre otros;
  • Influencia sobre los bienes ambientales, la calidad del aire, suelo y subsuelo, agua, flora, fauna, y visuales, así como la potencial contaminación acústica derivada de la actividad;
  • La consulta con la población afectada, a través de reuniones, audiencias públicas y otros medios;
  • La indicación y los detalles de las medidas de mitigación y / o medidas compensatorias que resultaran necesarias para hacer mitigar a los impactos negativos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 32

Artículo D.153

Vigencia y revisión. La vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Eje Avenida Aparicio Saravia será indefinida a partir de su promulgación.

Se iniciará el proceso para la revisión del plan cuando se cumplan alguna de las siguientes circunstancias:

a) Se cumplan siete años de la vigencia del Plan;

b) Sea solicitada por la Junta Departamental o dispuesta por el Intendente, al valorar el desajuste por variación en alguno de sus supuestos o la necesidad de ajustes por la variación de las condiciones que la promueven.

La revisión del Plan podrá ser general o parcial.

La revisión será general cuando se deban afectar los objetivos y finalidades de las Directrices o sus líneas estratégicas.

La revisión será parcial siempre que se efectúen dentro de las líneas estratégicas y no se desnaturalicen sus objetivos y finalidades.

La revisión general del plan implicara los mismos procedimientos que los utilizados para su realización.

La revisión parcial requerirá únicamente la anuencia de la Junta Departamental de Maldonado.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 33

Artículo D.153.1

Se autoriza la revisión parcial del "Plan de Ordenamiento Territorial del Eje Aparicio Saravia", prevista en el artículo precedente, en los términos que surgen de las disposiciones contenidas en el Decreto Departamental Nº 4047/2022 y del expediente físico anexo.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4047/2022 de 2022-05-24 Artículo 1