Digesto Departamental
VOLUMEN VI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO V
CAPÍTULO II
Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce

SECC. ÚNICA Resolución Nº 01363/2020 Expediente 2018-88-01-15818
Artículo R.41

1º) Poner de Manifiesto, por el término de 30 días, los Documentos de Avance de Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce, y el correspondiente Informe de Evaluación Ambiental Estratégica, con sus respectivos Anexos incluidos en el Expediente 2018-88-01-15818.

2º) Pase a la División de Administración Documental para comunicar a OSE-UGD, UTE y ANTEL, Ministerios de Ganaderia,Agricultura y Pesca, Turismo, Educación y Cultura, Defensa y Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a los efectos de lo dispuesto al Art. 25 de la Ley 18.308, solicitando un informe respecto a las incidencias territoriales en el ámbito del instrumento.

3º) Comuníquese por la División de Administración Documental a la Junta Departamental de Maldonado, Municipios de San Carlos, Maldonado, Piriápolis y Pan de Azúcar, , ECOTECNO, ANEP,

4º) Comuniquese a la Comisión de la Cuenca de la Laguna del Sauce, para que por su intermedio tomen conocimiento las Instituciones y Organizaciones civiles que la integran.

5º) Pase a la Dirección de Comunicaciones para dar amplia difusión publicando en la web, durante 30 días esta resolución y los documentos asociados y solicitando realizar las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial y un Diario Local.

6°) Hecho, siga a la Dirección General de Urbanismo a efectos de recoger y considerar las observaciones y comentarios que se presenten.