Digesto Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo D.162

Fundamento. Los documentos: 1. Información y diagnóstico, 2. Ordenamiento territorial general, 3. Actuación monitoreo y evaluación, 4. Propuesta Normativa, 5. Evaluación estratégica de impactos y 6. Metodología y participación social del "Plan Local de Ordenamiento Territorial para la protección y el desarrollo sostenible del área entre las lagunas José Ignacio y Garzón desde la Ruta Nacional Nº 9 al Océano Atlántico" de agosto de 2012, constituye la fundamentación y exposición de motivos del presente Plan.

Los contenidos de los mencionados documentos, incluidos en los ANEXOS, establecen los lineamientos generales de ordenamiento para los territorios comprendidos y como tal orientan con los alcances que en aquél se establecen.

La cartografía necesaria para la correcta interpretación y aplicación de la presente norma es la incluida en los ANEXOS, que en tal carácter forman parte integrante de su contenido.

Se consideran también antecedentes las disposiciones del Decreto Nº 3.867/2010 de 27-04-10 promulgado el 05-05-10. Se tendrán en cuenta algunos de los contenidos de los cuadernos producto de los Talleres Territoriales números 08 "Garzón | José Ignacio" y 00 "Departamento".

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 1

Artículo D.163

Delimitación del área de Plan. Los límites del área del Plan Local son los comprendidos entre la Laguna José Ignacio y el Arroyo José Ignacio al Oeste/Suroeste, una paralela a 500 metros al Norte de la Ruta Nacional Nº 9 al Norte/Noroeste, el Arroyo Garzón y la Laguna Garzón al Este/Noreste -límite departamental con Rocha- y el Océano Atlántico al Sur/Sureste.

Los límites del área del Plan Local se grafican en el "plano IN.02 – delimitación del área de Plan" incluido en los anexos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 2

Artículo D.164

Imagen objetivo 2035. El conjunto del territorio del Municipio de Garzón-José Ignacio se avizora al 2035 como un territorio de alta naturalidad que integra y abarca toda su diversidad, "De la Campaña a las Lagunas y el Mar". Por lo que se afirma su identidad como lugar eco-turístico alternativo, que articula con las actividades productivas y culturales emergentes y donde se promueve un manejo responsable del ambiente. La mayor parte de los ecosistemas comprendidos -costa oceánica, lagunas de José Ignacio, Garzón y Escondida, Lomadas de José Ignacio Norte- deben entenderse como un bien público regional, por lo cual cualquier intervención que se desarrolle en ellas debe considerar ese carácter.

En este marco, al ámbito del Plan se lo percibe:

Con sus acontecimientos geográficos singulares preservados y puestos en valor: borde costero, sistema lagunar y lomadas.

Conectada al Este de la costa uruguaya a través de infraestructuras con salvaguarda de sustentabilidad ambiental.

Con el pueblo José Ignacio apostando a su perfil de enclave singular desde el punto de vista ambiental y paisajístico, implementando normas que cooperen a ordenar su desarrollo.

Con fuerte vínculo al pueblo de Garzón con la puesta en valor de su patrimonio histórico, social, cultural y buena conectividad.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 3

Artículo D.165

Directrices generales de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible.

a) Promoción y manejo responsable de la significativa oferta ambiental: la franja costera, las cuencas de las lagunas de José Ignacio y Garzón y las lomadas de José Ignacio Norte.

b) Fomento de un desarrollo sustentable con identidad local del centro poblado de José Ignacio, en base a su perfil de enclave singular desde el punto de vista ambiental, paisajístico y de su patrimonio urbano-edilicio.

c) Manejo de urbanizaciones puntuales y controladas, compatibles con el paisaje de alta naturalidad predominante, así como con los establecimientos agro productivos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 4

Artículo D.166

Directrices particulares de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible.

a) Reconocimiento de áreas singulares. Línea de acción: puesta en valor de las cualidades de paisaje natural, productivo y cultural del área rural.

b) Manejo prudente de la mancha urbana para coadyuvar a la protección y valorización de las áreas rurales y de paisaje natural o construido. Línea de acción: ordenamiento sostenible para las urbanizaciones y otras formas de ocupación residencial, tanto en zona costera como en zona rural.

c) Fortalecimiento del carácter singular de los pueblos de José Ignacio y Garzón. Líneas de acción: c1) caracterización diferencial de áreas en el pueblo José Ignacio innovando su actual marco normativo; c2) mejoras respecto a señal ética, publicidad y funcionamiento de establecimientos comerciales en José Ignacio.

d) Mejoramiento de la accesibilidad de la Microrregión. Líneas de acción: d1) fortalecimiento de los medios e infraestructura de transporte público; d2) mejoramiento del sistema de interconexión vial a nivel regional; d3) superación de los conflictos de accesibilidad peatonal a las playas, de accesibilidad vehicular y estacionamiento en zonas costeras.

e) Mejoramiento de sistemas de disposición final de efluentes domiciliarios. Línea de acción: completamiento y mejora de disposición final de efluentes domiciliarios.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 5