Digesto Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo D.72

Imagen Objetivo 2025. Se la imagina como una Microrregión con un perfil que integra la valiosa diversidad territorial potenciando su desarrollo equilibrado basado en la diversificación de sus actividades productivas y el adecuado manejo de su valioso capital paisajístico y ecosistémico.

Se vislumbra el posicionamiento de la Ciudad de San Carlos con un perfil redefinido que complemente su faceta de "ciudad dormitorio", incorporando nuevas oportunidades para sus habitantes.

Se avizora una zona balnearia con un fortalecido carácter de área costera de interfase entre la urbanidad de Punta del Este y el desarrollo costero rochense, adecuadamente conectada y servida.

Paralelamente, se vislumbra una ruralidad con un impulso al desarrollo agroproductivo complementado con actividades ecoturísticas.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 24

Artículo D.73

Directrices Generales.

a) Protección y valorización del paisaje natural o construido.

 

b) Protección del sistema hídrico, en particular la cuenca de la Laguna del Sauce y de la Laguna Blanca y los humedales, principalmente el del arroyo Maldonado.

 

c) Mejora significativa del soporte construido y la calidad de vida de la población rural y urbana, en especial la de los sectores de menores ingresos.

 

d) Afianzamiento y diversificación de las actividades productivas:

  1. Fortaleciendo el perfil de la Ciudad de San Carlos como nodo de servicios e infraestructuras de la Aglomeración Central Maldonado/Punta del Este-San Carlos;
  2. Promoviendo el desarrollo de tecnología y logística avanzada a lo largo del eje vial Maldonado-San Carlos;
  3. Consolidando la actividad agropecuaria articulándola a la de ecoturismo basado en la aptitud del suelo y las cualidades paisajísticas e histórico-culturales de la Microrregión.

 

e) Fortalecimiento del carácter de área costera de interfase entre la urbanidad balnearia costera de Punta del Este y la de alta naturalidad hacia el departamento de Rocha.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 25

Artículo D.74

Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la zona rural de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor de las cualidades de paisaje natural y cultural del área rural de la Microrregión.

 

b) Posicionamiento de la ciudad de San Carlos en relación a la conurbación Maldonado/Punta del Este.

Línea de acción: redefinición del perfil de la Ciudad en relación a su alcance y especificidad, complementando su faceta de "ciudad dormitorio" e incorporando nuevas oportunidades para sus habitantes.

 

c) Fortalecimiento del carácter del área costera de la Microrregión como interfase entre la urbanidad (Punta del Este) y el ecoturismo (Rocha).

Línea de acción: recalificación de la franja de balnearios costeros procurando afirmar la identidad de cada uno de ellos.

 

d) Revalorización de la estructura e imagen urbana de la ciudad de San Carlos.

Línea de acción: recalificación de la imagen urbana y reordenamiento de actividades.

 

e) Reformulación y/o mejoramiento del sistema de enlaces (accesibilidad y conectividad).

Líneas de acción:

  1. Recalificación del sistema vial de la Ciudad de San Carlos;
  2. Superación de los conflictos de accesibilidad derivados del flujo automotor en la zona costera;
  3. Fortalecimiento del sistema de transporte público (medios y mobiliario) en la Ciudad de San Carlos.

 

f) Consolidación de la infraestructura de saneamiento y evacuación de pluviales.

Líneas de acción:

  1. Extensión y promoción de conexión a la red pública de saneamiento en la Ciudad de San Carlos;
  2. Mejora y ampliación del sistema de desagües urbanos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 26

Artículo D.75

Directrices Específicas según la dimensión Socio Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Línea de acción: estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos.

 

b) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales para el Ordenamiento del Territorio Microrregional.

 

c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: regularización de tenencia y fortalecimiento del sistema de infraestructura, servicios a la población y de espacios públicos en "Áreas de Prioridad Social" en la Ciudad de San Carlos.

 

d) Fortalecimiento del perfil cultural de La Barra.

Línea de acción: fortalecimiento y promoción de la actividad artística.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 27

Artículo D.76

Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente de los humedales y el sistema lagunar.

Línea de acción: protección de áreas de interés ecosistémico.

 

b) Protección costera.

Línea de acción: manejo costero integrado, recuperación de playas y control de actividades náuticas.

 

c) Mejoramiento de calidad ambiental.

Línea de acción: gestión de residuos sólidos, domiciliarios, vegetales y escombros.

 

d) Mitigación de los impactos negativos de las inundaciones en la ciudad de San Carlos "de la amenaza a la oportunidad".

Líneas de acción:

  1. Prevención y anticipación del fenómeno;
  2. Recalificación de imagen urbana y definición de usos y actividades.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 28

Artículo D.77

Directriz Específica según la dimensión Político – Jurídico – Institucional. Descentralización administrativa.

Línea de acción: generación de ámbitos de asesoría y consultivos de la Junta Local Autónoma y Electiva de San Carlos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3867 de 2010-04-27 Artículo 29